Préstamo Especial

Son líneas de préstamos que podrá implementar el Consejo de Administración a petición de los gremios que agrupan a los asociados, deben ser aprobados en Asamblea General.

 

 * Estos préstamos estarán sujetos a la disponibilidad financiera de la Caja de Ahorros.

 

Son préstamos especiales los siguientes:

  • Aquellos que se implementen en virtud de una emergencia nacional.
  • Los que soliciten los gremios en virtud de la no cancelación de sueldos o salarios por parte de la Universidad Central de Venezuela, producto de una Huelga Indefinida.

 

* Estos préstamos devengarán un interés del cinco por ciento (5%) anual. Se cancelará en un plazo no mayor de doce (12) meses mediante al pago de cuotas mensuales y consecutivas deducidas del sueldo o salario respectivo en cada fecha de pago. 

 

* El Consejo de Administración implementará los procedimientos necesarios  para el otorgamiento y reintegro de este préstamo. En caso que el asociado no posea disponibilidad el monto del préstamo más los intereses se descontará del bono vacacional o del aguinaldo del mismo año, en este caso el asociado deberá autorizar dicho descuento, en el momento de hacer la solicitud.

CIUDAD UNIVERSITARIA DE CARACAS
"PATRIMONIO MUNDIAL" (UNESCO, 2000)

"La mejor garantía de conservación de los monumentos y de las obras de arte viene del afecto y respeto del pueblo, y ese respeto asienta sus bases en la educación y en el fomento de su conocimiento". (Carta de Atenas, 1931)